16 de marzo del 2018.- Hoy la Presidencia de la República del Perú aprobó el Decreto Supremo Nº 002-2018-MC que declara el reconocimiento de los pueblos indígenas matsés, remo (isconahua) y marubo en situación de aislamiento y otros, aún no identificados, correspondientes al ámbito de solicitud para la creación de la Reserva Indígena Yavarí Tapiche y de los pueblos indígenas matsés, matis, korubo o kulina pano y flecheiro (tavakina) en situación de aislamiento, del ámbito de la solicitud para la creación de la Reserva Indígena Yavarí Mirim.
Para que ello se logre el Centro para el Desarrollo del Indígena Amazónico (CEDIA) elaboró los estudios previos de reconocimiento sobre el ámbito de las propuestas de Reserva Indígena Yavari – Mirin y Yavari – Tapiche. Éstos son la primera aproximación etnográfica-documental del Estado, mediante el Ministerio de Cultura – MINCU, para reconocer la existencia de pueblos indígenas en situación de aislamiento tras un pedido de creación de Reserva Indígena en una determinada área.
Dichos estudios implican la recopilación de información social, cultural, lingüística, legal y ambiental respecto a un determinado espacio sobre el cual existe la solicitud de creación de una Reserva indígena. Posteriormente, los resultados de los estudios previos de reconocimiento son revisados por una comisión multisectorial donde están representados los distintos sectores del Estado con injerencia en la temática, las organizaciones indígenas y Universidades. Dicha comisión, tras un análisis de las evidencias y hallazgos, reconoce o no la existencia de PIACI en el ámbito de la solicitud de Reserva indígena; luego de esta evaluación se emite el Decreto Supremo de Reconocimiento.
Cabe resaltar que la realización de los estudios en todas sus etapas -gabinete, campo, sobrevuelos, redacción, etc.- se hicieron bajo el estricto cumplimiento de los principios de las “Directrices de Protección para los Pueblos Indígenas en Aislamiento y en Contacto Inicial de la Región Amazónica, el Gran Chaco y la Región Oriental de Paraguay” y los principios fundamentales determinados en la ley de Protección PIACI.
El Decreto Supremo formaliza el reconocimiento de estos pueblos en situación altamente vulnerable y da peso político a las siguientes medidas a tomar, así como el respaldo jurídico al MINCU para comenzar a implementar medidas de protección para salvaguardar estos espacios mientras se continúa con el proceso de creación de las Reservas indígenas. A esto queda pendiente el proceso de categorización de las Reservas Indígenas anteriormente mencionadas mediante los Estudios Adicionales de Categorización (EAC) que delimitan espacios y dan mayor especificidad sobre la identificación etnolingüística de los pueblos.
Es necesario que el MINCU brinde todos los instrumentos jurídicos y lineamientos necesarios para la implementación de medidas de protección, pues tiene un papel importante como ente rector, en la articulación con las diversas entidades del Estado que tienen interés o proyectos sobre estos espacios; como por ejemplo, SERFOR, MINEM, MTC, MINAM, GOBIERNO REGIONAL y Organizaciones indígenas.
Desde CEDIA venimos articulando esfuerzos en coordinación con las organizaciones indígenas -como la Organización Regional de los Pueblos Indígenas del Oriente- y el Gobierno Regional de Loreto, a través de la Gerencia Regional de Asuntos Indígenas, para implementar un espacio de coordinación a nivel regional para la protección de las áreas propuestas como Reserva Indígena en Loreto.
El compromiso de CEDIA consiste en acompañar, en la medida de lo posible, estos procesos hasta su total formalización, así como facilitar la articulación entre las distintas entidades del Estado y organizaciones indígenas para consolidar la protección de las propuestas de Reservas Indígenas en Loreto.
Para descargar el decreto supremo entre aquí.