Aprueban Ordenanza Regional que declara de interés regional la formalización de los Planes de Vida como instrumentos de gestión y planificación estratégica en la región Loreto

Aprueban Ordenanza Regional que declara de interés regional la formalización de los Planes de Vida como instrumentos de gestión y planificación estratégica en la región Loreto

Publicado: 10/07/2018

Iquitos. Hoy, martes 10 de julio del 2018, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto aprobó por unanimidad la Ordenanza Regional Nº 018-2018-GRL/CR, que declara de interés regional la formalización de los Planes de Vida como instrumentos de gestión y Planificación estratégica en la Región Loreto.

Esta iniciativa legislativa fue presentada y sustentada por la Gerencia Regional de Asuntos Indígenas – GRAI, en coordinación con la Autoridad Regional Ambiental del Gobierno Regional de Loreto, con el acompañamiento y asistencia técnica/legal del Centro para el Desarrollo del Indígena Amazónico – CEDIA.

El Plan de Vida es un instrumento de planificación estratégica colectivo, diferencial e integral de una comunidad, pueblo u organización indígena u originaria, que parte de una reflexión sobre su cosmovisión e historia para determinar cuál es la visión de futuro que desean alcanzar, su concepción de desarrollo y buen vivir, y definir estrategias y acciones para alcanzarlo.

El Gerente Regional de Asuntos Indígenas, Jaime Canelo señaló que los Planes de Vida  fueron diseñados en el marco de la Ley de comunidades nativas N°22175 y Ley de Comunidades Campesinas N° 24656, y se enmarcan en el artículo 10 de la ley orgánica de Gobiernos Regionales (Ley Nº 27867) y por el Plan de Desarrollo Regional Concertado “Loreto al 2021” en sus ejes estratégicos i) desarrollo social, ii) gobernabilidad, iii) economía, iv) infraestructura y v) recursos naturales.

Con esta ordenanza se busca la formalización de los Planes de Vida como instrumentos de gestión y planificación estratégica en la región Loreto, de tal manera que sean articulados con los planes y programas a nivel de la región que se encuentren en etapa de diseño y formulación como implementación y ejecución; en donde la Subgerencia de Articulación Intersectorial de la GRAI, asume las competencias para articular los programas y planes regionales con los instrumentos de gestión comunal, de acuerdo a los objetivos que enmarcan los Planes de Vida establecidos en la Resolución Ministerial N° 103-2016-MC “Plan de Vida: Guía para la Planificación Colectiva”.

Asimismo agradeció a CEDIA, quien apoyará con el soporte técnico y logístico para la implementación, cumplimiento y ejecución de las actividades de la presente Ordenanza Regional, en el marco de la Carta de Entendimiento de Cooperación Interinstitucional entre CEDIA y GRAI.

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